El freno del Consejo de Estado y la CRC a Petro: llevaba más de 20 alocuciones en 2025
Son más de 50 en lo que va de todo su mandato. Extensas y con mezcla de varios temas.
El Presidente de la República, Gustavo Petro, ha enfilado sus últimos pronunciamientos y trinos contra el Consejo de Estado y la Comisión de Regulación de Comunicaciones después del freno que le pusieron a sus alocuciones.
Según Red +, el mandatario llevaba 29 alocuciones en 2025. Los discursos del Jefe de Estado se han intensificado.
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De hecho, Caracol Radio dice que, desde el polémico Consejo de Ministros, del 4 de febrero de este año, realizó 26 alocuciones.
Es claro que su manera de comunicar cambió a partir de ese recordado Consejo, en donde fue presentado Armando Benedetti como Jefe de Gabinete, algo que fue criticado por otros funcionarios del Gobierno.
Caracol Radio advierte que en todo el mandato, Petro lleva más de 50 alocuciones presidenciales.
Por ejemplo, Iván Duque realizó 21 alocuciones en sus 4 años de Gobierno, según el medio nacional.

El fallo del Consejo de Estado
El Consejo de Estado concluyó el pasado 9 de octubre que el Presidente Gustavo Petro y la Presidencia de la República hicieron "un uso inadecuado de la prerrogativa de la alocución televisada".
Esta conclusión se basó en la falta de justificación de los temas tratados, así como en la frecuencia, reiteración y duración de las intervenciones. Tales prácticas desconocieron la garantía del pluralismo informativo, que forma parte esencial del derecho fundamental a la información.
Además, la Sala evidenció que la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), pese a tener las facultades legales para evitarlo, permitió el uso indebido de la figura de la alocución presidencial. Esto tuvo como efecto el monopolio de las fuentes informativas disponibles en la televisión que utiliza el espectro electromagnético —en canales nacionales públicos y privados, así como regionales, locales y comunitarios—.
En consecuencia, el Consejo de Estado ordenó a la CRC adoptar medidas inmediatas para regular el uso que el Presidente y la Presidencia hacen de la alocución presidencial, y expedir, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, un marco regulatorio que garantice el pluralismo e imparcialidad informativa.
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Este marco deberá incluir los mecanismos idóneos para futuras vulneraciones del derecho fundamental a la información por el uso de esta prerrogativa. Por otra parte, el Consejo de Estado recordó que ningún servidor público, elegido o no por voto popular —incluido el Presidente de la República—, posee poderes ilimitados que le permitan ejercer de manera arbitraria, desmedida o irrazonable las funciones que la Constitución y la ley le atribuyen.

"La ausencia de límites a los poderes públicos dejaría sin protección a las personas en el ejercicio de sus derechos", puntualizó el Consejo de Estado.
En ese sentido, la Sala reiteró los criterios de excepcionalidad y urgencia que, según la Sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional, deben regir las alocuciones presidenciales como garantía del principio democrático y del pluralismo informativo:
1. Justificación suficiente: la alocución debe tener una razón clara y responder a circunstancias urgentes.
2. No recurrencia: no puede repetirse con frecuencia, por ejemplo, semanalmente y en la misma franja horaria, ya que perdería su carácter excepcional.
3. Limitación temática y temporal: la solicitud ante la CRC debe detallar los temas a tratar y especificar la hora de inicio y fin de la alocución.
En ningún caso puede la intervención televisada extenderse por un tiempo irrazonable o notoriamente excesivo.
De hecho, la primera alocución de Petro en su mandato, duró 6 horas, un récord presidencial.
Finalmente, el Consejo de Estado aclaró que la decisión no pretende censurar al Presidente de la República, puesto que la CRC no podrá cuestionar el contenido de sus mensajes, pero sí deberá fijar criterios claros —en cumplimiento de la Sentencia C-1172 de 2001— para el ejercicio de una facultad que, como ya se advirtió, no es ilimitada y debe respetar los valores democráticos y los derechos fundamentales.
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El Consejo de Estado tomó esta decisión después de que los ciudadanos Nelson Augusto Martínez Bolaño, Miguel Uribe Turbay, Mauricio Aragón Sinisterra, Mauricio Trujillo Riascos, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe y Sandra Patricia Mancipe Mesa interpusieron una acción de tutela en la que solicitaron la protección de su derecho fundamental a la información.
Consideraron que este derecho fue vulnerado por el Presidente y la Presidencia de la República al hacer un uso inadecuado y desproporcionado de la figura de la alocución presidencial.
Según los accionantes, las transmisiones permanentes de alocuciones presidenciales y de las sesiones de los consejos de ministros, a través de canales públicos y privados de televisión, les impedían escoger libremente los temas de su interés y decidir si deseaban o no recibir la información transmitida.
Las nuevas reglas
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) emitió la Circular No. 164 de 2025, implementando nuevas y estrictas reglas para la transmisión de las alocuciones del Presidente Gustavo Petro en el servicio público de televisión.
El nuevo reglamento busca garantizar que el uso de la figura de la alocución presidencial sea "razonable, proporcional y excepcional", limitando la discrecionalidad del Gobierno.

Control y vigilancia caso por caso
Para aplicar estos parámetros, la CRC ha implementado un "Formulario para la Solicitud de Alocución Presidencial" , que deberá ser diligenciado por la Secretaría de Comunicaciones y Prensa antes de cada requerimiento.
La CRC será ahora la encargada de verificar el cumplimiento de los criterios y podrá negar la autorización de transmisión si no se satisfacen las condiciones establecidas.
Además, y como mecanismo de transparencia, la entidad publicará en su sitio web, dentro de los dos días siguientes a cada alocución, un informe detallado que indique si se cumplieron o no las condiciones definidas por el fallo judicial para proteger el pluralismo informativo.
"Golpe de Estado", "censura" y "prevaricato".
El pasado miércoles, el Presidente Petro solicitó permiso a la Comisión de Regulación de Comunicaciones para emitir una alocución, con el fin de hablar de los ataques de Estados Unidos a las embarcaciones señaladas de llevar droga.
La solicitud fue rechazada por la Comisión, generando la furia del Jefe de Estado.
En represalia, Petro anunció que ese jueves iba a realizar su alocución por el canal institucional de RTVC.
"No nos dejaremos callar. A las siete de la noche estaré en el canal público RTVC, explicando lo que iba a decir al país y me fue impedido arbitrariamente", dijo.
Petro aseguró que se tomarán medidas frente a esta acción de la CRC, la cual consideró como un acto de "censura".
"Explicaré también las medidas que tomaremos ante la aparición de la censura en Colombia", afirmó.
Sin embargo, esa alocución anunciada para ese jueves terminó sucediendo el viernes, después de una entrevista a Petro, realizada por RCTV, el ese jueves.
"Censura a 11 millones"
Petro dijo que la alocución es un derecho constitucional y legal que le permite al jefe de Estado hablar por los canales públicos y privados de televisión.
Manifestó que estos canales usan el espectro electromagnético que "es por donde van las señales a todos los hogares de Colombia, que la Constitución dice es inenajenable, es público, repúblico".
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"Si hay algo que es de la nación es el espectro electromagnético. Lo que son los canales privados son concesionarios, son contratistas del Estado, precisamente para usar ese espectro, bajo unas normas, unos contratos que yo no he tocado, pero que, en sus cláusulas, determinan que cuando el poder público quiera usar ese espectro, que es de su propiedad, que es de la nación, que es del pueblo colombiano, lo puede hacer", explicó.

Para el presidente no hay una explicación lógica sobre las razones de "esta censura", en la medida en que consideró que la decisión que tomó el Consejo de Estado al fallar una tutela y que acata la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) determina que al que le impiden informar es a "un mandatario del pueblo que lo eligió, en primer lugar, y de la sociedad toda. No es cualquier cosa".
En su argumentación, el mandatario aseguró que "son los Presidentes autoritarios, acaba de suceder en algún país del norte de este continente, dictadores censuran a sus críticos, aquí es al revés, la oposición censura al Presidente".
Denuncia de prevaricato
Este viernes, Petro, en su red social predilecta, X, señaló que el fallo del Consejo de Estado, sobre la que se basa la Comisión de Regulación de Comunicaciones , "aún no está vigente porque está en la fase de aclaración".
"Por tanto estamos ante un prevaricato", puntualizó.
"La aclaración tiene que ver con que la alocución versa sobre 'temas relevantes' del interés público, que ya había conceptualizado una sentencia de la Corte Constitucional", agregó.
Según el Presidente, quien define que es un tema relevante para la opinión pública, "no es la CRC".
"Eso es instaurar la censura previa, absolutamente prohibido según también sentencia constitucional", enfatizó.
"Esa escogencia solo debe ser del Presidente, de nadie más", añadió.
No obstante, la propia CRC apeló la decisión del Consejo de Estado, alegando que la medida del Consejo de Estado es "inconstitucional" y podría ser "censura" al Presidente.
Está es mi entrevista con Hollman Morris, pimera entrevista que doy en RTVC, y versa sobre la censura, prohibida absolutamente en nuestra constitucionalidad, establecida al presidente por la CRC.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) October 17, 2025
El fallo del consejo de estado, sobre la que se basa la CRC, aún no está vigente…